El Alcalde de San Pedro Carchá, es la Primera autoridad del Municipio y el representante legal de la Municipalidad; preside el concejo Municipal y algunas instancias de la institución. En el Periodo municipal 2020-2024 forma parte del Concejo Municipal, como Alcalde Municipal el Ciudadano Winter Coc Ba
NATURALEZA DEL PUESTO
Puesto ejecutivo, a cargo de un funcionario electo directamente por sufragio universal y secreto a través del voto mayoritario de los vecinos de su Municipio y que de conformidad con articulo 52 del Código Municipal, Decreto Número 12-2002 del Congreso de la República, representa a la Municipalidad y al Municipio; es el personero legal de la misma, jefe del órgano ejecutivo del gobierno municipal; miembro del Consejo Departamental de Desarrollo y Presidente del Consejo Municipal de Desarrollo, siendo responsable del cumplimiento de las disposiciones y resoluciones tomadas por el Concejo Municipal y de propiciar una efectiva administración de la Municipalidad.
FUNCIONES DEL PUESTO
- Dirigir la administración municipal.
- Representar a la Municipalidad y al Municipio.
- Hacer cumplir las ordenanzas, reglamentos, acuerdos, resoluciones y demás disposiciones del Concejo Municipal.
- Velar por el estricto cumplimiento de las políticas públicas municipales, de los planes, programas y proyectos de desarrollo de Municipio.
- Tomar el juramento de ley a los concejales, síndicos, alcaldes comunitarios y auxiliares al darles posesión de sus cargos.
- Presidir todas las sesiones del Concejo y convocar a las sesiones ordinarias y extraordinarias, de conformidad con el Código Municipal.
- Ser el medio de comunicación entre el Concejo Municipal, las autoridades y funcionarios públicos.
- Presentar al Concejo Municipal, el presupuesto anual de la Municipalidad, para su conocimiento y aprobación.
- Adoptar personalmente, y bajo su responsabilidad en caso de catástrofe o desastres o grave riesgo de los mismos, las medidas necesarias, dando cuenta inmediata al pleno del Concejo
- Municipal.
- Autorizar a título gratuito, los matrimonios civiles dando, dentro del marco de la ley, las mayores facilidades para que se realicen, pudiendo delegar esta función en uno de los concejales con autorización del Consejo Municipal.
- Dirigir, inspeccionar e impulsar los servicios públicos y obras municipales.
- Ejercer la jefatura de la policía municipal.
- Nombrar y sancionar a los empleados municipales.
- Enviar copia autorizada a la Contraloria General de Cuentas del inventario de los bienes del Municipio, dentro de los primeros quince días calendario del mes de enero de cada año.
- Contratar obras y servicios con arreglo al procedimiento legalmente establecido, con excepción de los que corresponda contratar al Concejo Municipal.
- Informar trimestralmente al Concejo Municipal, sobre la ejecución del presupuesto, enviando copia de tales informes a la Contraloria General de Cuentas, para su control, fiscalización, registro y asesoría.
- Presentar al finalizar cada ejercicio fiscal a la Secretaria de Planificación y Programación de la Presidencia de la República y al Ministerio de Finanzas Públicas, un informe de los resultados físicos y financieros de la ejecución de su presupuesto.
- Como representante legal de la Municipalidad enviar al Congreso de la República, previa aprobación del Concejo Municipal, la liquidación anual del presupuesto municipal, observando lo preceptuado en el articulo 241 de la Constitución Política de la República.
- Otras funciones inherentes al puesto.
RELACIONES DE TRABAJO
A lo interno de la Municipalidad, tiene relación directa de trabajo con el Concejo Municipal ya que es el responsable de hacer cumplir los acuerdos, reglamentos, resoluciones y disposiciones que emanen de dicho Consejo.
Con el personal subalterno, ya que desempeña la jefatura superior de todo el personal administrativo y técnico de la Municipalidad.
A nivel externo de la Municipalidad mantiene relación con personeros y representantes de entidades, nacionales e internacionales, para gestionar recursos técnicos y financieros para beneficio del Municipio.
Con los vecinos y comunidades del Municipio para la resolución de problemas y atención de solicitudes de diferente naturaleza.
AUTORIDAD
El Alcalde es la autoridad máxima del órgano ejecutivo del gobierno municipal, electo popularmente; en esa calidad, está facultado para hacer cumplir las ordenanzas, reglamentos, acuerdos, resoluciones y demás disposiciones emanadas del Concejo Municipal.
RESPONSABILIDAD
Actuar de conformidad con la ley, en lo referente a firma de convenios, acuerdos, contratos y cualquier documento legal en donde el Municipio adquiere derechos y obligaciones.
De ejecutar todos los asuntos relacionados con el Gobierno Municipal de conformidad con la Constitución, la Ley y las disposiciones del Concejo Municipal.{«type»:»block»,»srcIndex»:1,»srcClientId»:»d82f0e71-33f0-4758-bb0b-c72a599e3dc4″,»srcRootClientId»:»»}
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